Vigilancia Médica Ocupacional

Según el Artículo 1 de la Ley Nº 27671, la jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como máximo. En un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se señala que en América Latina y el Caribe se trabaja 41 horas semanales en promedio, y de acuerdo con la OMS, en el transcurso de la vida de una persona, 75,000 horas aproximadamente realiza trabajo profesional. Por lo que, unas buenas condiciones de ambiente de trabajo son fundamentales para realizar sus actividades de forma eficiente y segura, y donde recaen esas funciones? en la Vigilancia Médica Ocupacional.

A pesar de los esfuerzos para regular las condiciones ambientales dentro de los puestos de trabajo, todavía existen factores de riesgo ocupacional.  

Por ello, las empresas deben identificar, medir y hacer vigilancia médica ocupacional de todos los riesgos higiénicos y ergonómicos para evitar afecciones a la salud de los trabajadores y enfermedades profesionales a largo plazo.

¿Qué es la Vigilancia Médica Ocupacional?

Es un sistema de recolección de información, control y seguimiento del estado de salud de los/as trabajadores/as para detectar signos de enfermedades derivadas del trabajo y tomar las medidas para reducir la probabilidad de daños o alteraciones posteriores en su estado de salud, debe ser realizada por el Médico Ocupacional, bajo la responsabilidad del empleador, de acuerdo a la normatividad vigente del MTPE.

¿Cuál es la finalidad de la vigilancia médica?

Su aplicación tiene la finalidad de detectar los problemas de salud relacionadas con el trabajo, controlar los factores de riesgos y prevenir los daños a la salud del trabajador.

¿Qué competencias debe tener un MÉDICO OCUPACIONAL?

En la RM 021-2016-MINSA, refiere lo siguiente:

Artículo 1: Médico cirujano debidamente titulado, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú, egresado de la Maestría en Salud Ocupacional o Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, con un mínimo de un (1) año de experiencia en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional; así como del médico cirujano debidamente titulado, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú con Diplomado en Salud Ocupacional de un mínimo de treinta y seis (36) créditos, expedido por una Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud de una universidad pública o privada, con un mínimo de tres (3) años de experiencia en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional.

Artículo 2: El médico cirujano con segunda especialidad en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente o Medicina del Trabajo, debidamente titulado, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú; o, el médico cirujano con Maestría en Salud Ocupacional o Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, debidamente titulado, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú, adicionalmente a las competencias establecidas en el artículo 1.

¿Todas las empresas deben contar con un médico ocupacional?

Respuesta corta, SI, sin embargo hay algunas consideraciones a tomar en cuenta, de acuerdo a la RM 571-2014/MINSA, la presencia del Médico Ocupacional debe regirse a lo siguiente:

  • Con más de 500 trabajadores, se deberá garantizar la permanencia del médico ocupacional mínimamente por 6 horas diarias por 5 días a la semana.
  • Con 500 o menos trabajadores, el desarrollo de la actividad de vigilancia de salud estará a cargo del médico ocupacional, sin la exigencia de un mínimo de horas presenciales.

Nota: Están exceptuadas las empresas que realizan actividades consideradas de alto riesgo, quienes deberán cumplir con los estándares mínimos de sus sectores.

¿Cuáles son las funciones del Médico Ocupacional?

  • Elaborar del Plan y Programa Anual de Salud Ocupacional; y del Informe Técnico de Vigilancia Médica anual.
  • Hacer seguimiento de los casos de enfermedades relacionadas con el trabajo y accidentes laborales.
  • Monitorear las observaciones identificadas en los trabajadores durante las evaluaciones anuales.
  • Auditar a los proveedores de exámenes médicos ocupacionales para asegurar la calidad de los resultados.
  • Programar capacitaciones sobre salud ocupacional.
  • Asesorar en temas de salud a las diferentes áreas de la empresa.
  • Durante el contexto del COVID-19, deberán monitoreas los contagios o sospechas de contagios dentro de la empresa a fin de implementar controles de prevención, detección y contención.

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