Multas – Infracciones que genera el Teletrabajo

A partir del 28 de abril del 2023 las empresas están expuestas a infracciones/multas dispuestas en la Ley N° 31572, Ley de Teletrabajo. Cómo gerentes de empresas, es importante que estén al tanto de estas implicaciones legales y los montos a donde ascienden las posibles infracciones que pueden cometerse:

Tabla de contenidos

Infracción Leve

Multas desde S/ 1,200 hasta S/ 76,800

  • No comunicar al teletrabajador las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Impedir la concurrencia del teletrabajador en las instalaciones del centro de trabajo para actividades de (consulta, capacitaciones, bienestar, otros).
  • No consignar los datos mínimos requeridos en el contrato de trabajo o en el acuerdo del cambio de modalidad.
Infracción Grave

Multas desde S/ 7,700 hasta S/ 129,000

  • Aplicar el cambio de modalidad de un trabajador convencional a la de teletrabajo o viceversa sin su consentimiento, exceptuándose aquellos casos en los que el empleador realice cambios unilaterales en virtud de su facultad directriz.
  • No cumplir con las obligaciones referidas a la provisión y mantenimiento de equipos, el servicio de acceso a internet u otra condición de trabajo.
  • No cumplir con otorgar al teletrabajador los mismos beneficios y/o derechos establecidos para los trabajadores que laboren bajo la modalidad presencial.
  • No cumplir con el pago oportuno de la compensación en los casos que corresponda.
  • Afectar la naturaleza del vínculo laboral, la categoría, la remuneración, los beneficios y demás condiciones laborales establecidas con anterioridad.
  • Impedir que el teletrabajador decida libremente el lugar o lugares donde realice el teletrabajo, salvo que el lugar o lugares no cuenten con las condiciones digitales y de comunicaciones necesarias o que represente un riesgo para la salud y seguridad del teletrabajador.
  • Sustentar la denegatoria sin realizar una evaluación objetiva o no sustentar las razones que justifican la denegatoria a la solicitud del trabajador de cambio de modalidad de la prestación del servicio.
Infracción Muy Grave

Multas desde S/ 13,000 hasta S/ 260,000

  • No respetar la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados del ámbito personal y/o familiar del teletrabajador, sin su consentimiento, con las excepciones previstas por la normativa vigente.
  • No respetar el derecho del teletrabajador a desconectarse digitalmente durante las horas que no correspondan a su jornada de trabajo.

A raíz de esta Ley se establecen nuevas obligaciones para las empresas que adoptan esta modalidad de teletrabajo. Para evitar posibles infracciones, es importante que la empresa cumpla cuidadosamente con todas las disposiciones laborales, establecer un sistema de control y seguimiento para el teletrabajo, proteger la información confidencial de la empresa, y establecer medidas de seguridad y salud para los trabajadores que realizan teletrabajo. De esta manera, podrán evitar infracciones y sanciones económicas.

Por: Adolfo Artadi Tryon

Si te gusto este articulo, puedes revisar: «Teletrabajo: Implicancias y obligaciones«

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Fuente: Ley y Reglamento de Teletrabajo

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